El proceso de Facturación y la realización y emisión de las Facturas de Venta a tus Clientes se concreta como uno de los procesos más importantes en tu negocio.
No obstante, se generan varias dudas debido a sus particularidades, variedades, tipos de facturas y de la propia legislación que les aplica.
En este artículo, intentamos conglomerar varias de las principales dudas que afectan a Autónomos y Pequeños negocios durante el proceso de Facturación.
¿Cuáles son las principales dudas durante el proceso de Facturación?
1.-Una Factura de Venta no es lo mismo que un Albarán o Presupuesto.
Aunque puedan parecer lo mismo, no lo son.
Ante la mirada de la Agencia Tributaria, la Factura de Venta difiere totalmente del documento del Albarán o del Presupuesto.
El único documento que dispone de connotación legal y fiscal ante la Agencia Tributaria es la Factura. Aunque el Albarán puede tratarse como un justificante para el comprador y vendedor de los productos, tan solo dispone de obligación informativa.
Por otro lado, el Presupuesto de Venta es un documento previo a la realización de una prestación de servicio o venta de un producto. Tampoco obtiene ninguna obligación fiscal y legal para la Agencia Tributaria.
En los siguientes artículos: ¿Cuáles son las diferencias entre un Albarán y una Factura? y ¿Cómo hacer un Presupuesto de Venta exitoso? te explicamos con todo tipo de detalles las características principales del Albarán y del Presupuesto.
2.-Las Facturas deben conservarse durante un periodo mínimo de 6 años.
La norma, establecida por la Agencia Tributaria, dictamina que debemos guardar todos nuestros documentos y Facturas durante un mínimo de 6 años.
Independientemente del tamaño del negocio, o bien, si la empresa ya ha cerrado.
En el siguiente artículo: ¿Cuánto tiempo debo conservar las Facturas de mi negocio? te especificamos con mejor detalle el tiempo mínimo obligatorio que debes conservar tus Facturas.
3.-Puedes realizar Facturas de Venta con importe cero.
Existen varios motivos por los cuales podría ser que una Factura de Venta apareciera con importe cero.
Por una parte, si el pago de la Factura de venta se realiza en especie, y por lo tanto, no existe una transacción económica, podría realizarse a partir de una prestación por una especie de intercambio que cubriera el valor de la Factura.
Por otra parte, una Factura de Venta también puede aparecer con valor cero, si el Cliente devuelve un bien o servicio, adquiriendo uno de nuevo con el mismo importe económico.
El ejemplo más claro se trasladaría en una Factura Rectificativa.
Por ejemplo, un Cliente adquiere el Producto A por un valor de 1.000€. Sin embargo, al cabo de 1 semana decide retornar el producto A y adquirir el producto B que también tiene un valor de 1.000€.
La empresa deberá realizar una Factura Rectificativa por el retorno del producto A y venta del producto B, pero con un valor cero en la Factura.
En el siguiente artículo: ¿Cómo se realiza una Factura Rectificativa?, te explicamos con todo tipo de detalle el proceso en la realización de una Factura Rectificativa.
4.-Un contrato de compra-venta no tiene la misma validez fiscal que una Factura.
Por un lado, y según la ley del IRPF, el justificante de la transacción entre un Proveedor y Cliente podría servir en el caso que fuera una Factura o un documento similar.
Así pues, el contrato de compra-venta si podría ser válido, pudiendo así, deducir el gasto.
No obstante, cuando hablamos del IVA la situación es diferente. Para poder liquidar el IVA por la compra o venta de un producto, siempre será necesario disponer de la Factura original.
Incluso, y ante una inspección de Hacienda, podríamos tener serios problemas si no disponemos de la Factura.
Por lo tanto, disponer de un contrato de compra-venta solo permite deducir el gasto total de tu Factura. Para poder liquidar el IVA que contenga la operación de compra-venta será necesario y obligatorio disponer de la Factura original.
Por este motivo, siempre es aconsejable trabajar con Facturas y guardarlas, durante mínimo, 6 años.
5.-Siempre debes indicar la dirección fiscal en las Facturas.
Aunque tu local y oficina de trabajo sea diferente del domicilio fiscal que indicaste en el momento de crear tu negocio, ante la Agencia Tributaria, el domicilio que debe aparecer en la Factura de Venta, y que tiene validez fiscal, es el domicilio Fiscal.
No obstante, sí es posible añadir también la dirección del local donde se realiza la actividad. Incluso, y si la empresa dispone de varios locales repartidos, las Facturas suelen tratarse con distintas series numéricas de Facturación.
Además, en la Factura de Venta que realices, también deberán constar los datos fiscales del Cliente receptor del producto o servicio ofrecido.
En el siguiente artículo: Obligaciones en el Proceso de Facturación te detallamos con todo tipo de detalles las obligaciones que debes cumplir en la realización de una Factura de Venta.
¡5 dudas resueltas en el proceso de Facturación!