Jueves 25 de abril de 2024
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¿Cuáles son mis obligaciones fiscales como Autónomo?

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    Antes de darte de alta como Autónomo, es necesario que averigües cuales serán las obligaciones fiscales, ante la Agencia Tributaria, que te afectarán directamente por la realización de tu actividad profesional.

    Es normal que pueda existir incertidumbre y dudas ante las obligaciones principales y más importantes que deberás asumir.

    Por ello, desde Blueindic queremos explicarte y detallarte con amplitud todas las obligaciones fiscales que te afectarán desde el minuto 1 de ser Autónomo.

    Aunque son varias, serán menos intensas que si hubieras decidido emprender el proyecto mediante la constitución de una empresa.

    ¡Te las contamos!

    ¿Qué es una obligación fiscal? 

    Antes de nada, debemos tener claro en qué consiste una Obligación Fiscal.

    Pues bien, las obligaciones fiscales son aquellas en las cuales el acreedor (receptor de los impuestos) es el estado, y tienen como objetivo la recaudación de dinero mediante impuestos.

    Son los tributos que tenemos que pagar al Estado para poder trabajar y operar mediante la figura de Autónomos.

    Además de tratarse del pago de impuestos, las obligaciones fiscales también serán las acciones a realizar, y de cumplimiento obligatorio, en el proceso de darse de alta como Autónomo. 

    ¿Cuáles son mis obligaciones fiscales como Autónomo? 

    Primer paso. Darte de alta en la Agencia Tributaria

    Es el primer paso por el que deben pasar todos los Autónomos que quieren darse de alta en una actividad.

    En la Agencia Tributaria, deberás cumplimentar el modelo 036 o modelo 037 para la presentación censal. Para un Autónomo, lo más recomendable es la realización del modelo 037. Más rápida y fácil de realizar.

    Gracias a la presentación de este documento, estamos avisando a la Agencia Tributaria de nuestra alta, informando de los siguientes aspectos:

    -Datos personales

    -Actividad que se desarrolla

    -Lugar de ubicación de la actividad

    -Los impuestos que nos afectan y que deberemos tributar

    Actividad en funcionamiento. Presentación de impuestos

    Cuando te des de alta como Autónomo, y al tratarse de una persona física, deberás tributar según tus ingresos. 

    Y como realiza un trabajador por cuenta ajena, estos ingresos se tributarán mediante el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (el IRPF).

    IRPF 

    Es un impuesto que tributa respecto las rentas empresariales que obtengas. Para tributar por este impuesto, podrás seleccionar entre acogerte al régimen de Estimación Directa normal o simplificada, mediante la presentación del modelo 130 del pago fraccionado del IRPF. 

    Por otro lado, también se podría escoger el régimen  de Estimación Objetiva, también conocida como “Módulos”, cuya presentación tributaria se realización con el modelo 131.

    Por regla general, y para un Autónomo con una actividad normal, el régimen más utilizado es el de la Estimación Directa Simplificada, ya que evita tener que realizar una contabilidad más extensa y compleja, según el Código de Comercio.

    La Estimación Directa Normal, además de ser la utilizada por sociedades, también estaría indicada para Autónomos profesionales cuyo volumen de facturación supera los 600.000 euros anuales.

    Finalmente, la estimación objetiva, también conocida como “Módulos”, se utiliza por aquellos Autónomos que trabajan en el comercio minorista, y que permite fijar un rendimiento neto tributario en función de los parámetros establecidos por la Agencia Tributaria.

    Si nos centramos en el pago del IRPF mediante la Estimación Directa normal o simplificada (lo más habitual), el Autónomo tendría dos posibilidades de ir realizando el pago del impuesto tributario del IRPF.

    1.-Realizando trimestralmente el modelo 130

    2.-Realizando retenciones de IRPF en las Facturas de Venta que emita a otros Autónomos o Empresas.

    IVA

    Es el impuesto sobre el Valor Añadido. Es un impuesto que tan solo afecta al consumidor final (ya que grava el consumo). Por lo tanto, como Autónomo lo único que realizas es actuar como intermediador y recaudador del impuesto. 

    Trimestralmente, y en función del IVA que hayas pagado a tus proveedores con el IVA que hayas cobrado de tus Ventas, deberás liquidarlo ante la Agencia Tributaria.

    Es decir, en ningún caso tu obtendrás un beneficio o pérdida del IVA que hayas pagado o cobrado.

    En los siguientes artículos:

    ¿Cómo funciona el Impuesto del IVA?

    ¿Que es el IVA y como se aplica?

    Te explicamos en mayor detalle todas las características del impuesto del IVA.

    En cualquier caso, tu obligación como Autónomo será presentar trimestralmente el modelo 303 de autoliquidación del IVA ante la Agencia Tributaria.

    Si el IVA que has cobrado de tus Ventas es mayor que el IVA que has pagado de tus gastos, deberás realizar el pago de la diferencia ante la Agencia Tributaria.

    Por el contrario, si el IVA que has cobrado de tus Ventas es menor que el IVA pagado en tus gastos, la Agencia Tributaria te deberá un importe económica que podrás ir compensado para siguientes trimestres.

    Las retenciones de IRPF 

    Como Autónomos, es posible que recibamos ciertas Facturas de gasto en las que aparece una retención de IRPF. Es decir, un importe en negativo de IRPF que hace disminuir el valor de la Factura.

    Como Autónomos receptores de retención de IRPF, deberemos efectuar el pago ante la Agencia Tributaria de esta retención de IRPF en nombre del Emisor de la Factura.

    Este hecho también ocurre cuando recibimos la Factura por el alquiler de la oficina donde trabajamos. O bien, si tenemos trabajadores contratados a nuestro cargo.

    Por lo tanto, trimestralmente deberemos presentar los modelos tributarios 111 y 115 donde realizaremos el pago de los importes de las retenciones de IRPF que hemos recibido en Facturas de otros Autónomos, de las nóminas de los trabajadores o de la Factura de la oficina donde trabajamos.

    Resumen de las obligaciones fiscales del Autónomo

    1.-Presentación del modelo 036 o 037 para el Alta ante la Agencia Tributaria (Inicio de la Actividad como Autónomo).

    2.-Presentación del impuesto del IRPF mediante el modelo 130. (Si estamos acogidos al régimen de estimación directa normal o simplificada). O el modelo 131 (Por módulos). 

    Las fechas de presentación serán:

    1r trimestre: del 1 al 20 de Abril

    2º trimestre: del 1 al 20 de Julio

    3r trimestre: del 1 al 20 de Octubre

    4º trimestre: del 1 al 30 de Enero

    3.-Presentación del impuesto del IVA mediante el modelo 303. 

    Las fechas de presentación serán:

    1r trimestre: del 1 al 20 de Abril

    2º trimestre: del 1 al 20 de Julio

    3r trimestre: del 1 al 20 de Octubre

    4º trimestre: del 1 al 30 de Enero

    4.-Presetnación de las retenciones de IRPF mediante el modelo 111 para las retenciones en el pago de nóminas a trabajadores y por las retenciones recibidas en una Factura de otro Autónomo.

    Si trabajas en una oficina alquilada, deberás realizar el modelo 115.

    Las fechas de presentación serán: 

    1r trimestre: del 1 al 20 de Abril

    2º trimestre: del 1 al 20 de Julio

    3r trimestre: del 1 al 20 de Octubre

    4º Trimestre. del 1 al 20 de Enero

    Otras obligaciones fiscales y procedimientos del Autónomo 

    Además de las obligaciones fiscales mencionadas anteriormente, también deberemos realizar los siguientes procesos:

    -Presentación de una declaración anual, en modo resumen e informativo, de la liquidación del IVA, mediante el modelo 390, y de las retenciones de IRPF mediante los modelos 180 y 190.

    -Si en nuestro negocio como Autónomos hemos realizado operaciones con terceros (Ya sea Clientes o Proveedores) que en sus operaciones en conjunto han superado los 3.000€ anuales, deberemos presentar la declaración anual de operaciones con terceros con el modelo 347.

    -También se deberá realizar una declaración anual del impuesto del IRPF (conocido como la declaración de la renta), con el modelo D100.

    Las fechas de presentación son del 02 de Mayo hasta el 30 de Junio.

     

    Aunque puedan parecer importantes tareas y procesos para llevar al día las obligaciones fiscales de un Autónomo, si en el negocio existe una correcta organización de toda la documentación e información relativa a la actividad, los procesos de presentación de los modelos tributaria pueden llegar a ser simples y ágiles a realizar.

    Ten en cuenta que son trámites que deben realizarse cada trimestre. Por lo que es normal que al principio tengas dudas, pero que a medida que prosigas con tu negocio ya estés acostumbrado a realizarlos.

    Blueindic

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