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¿Cómo declarar el impuesto del IRPF si soy Autónomo?

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    El IRPF, junto con el IVA son dos de los impuestos de mayor importancia para el Autónomo. Es por ello, que es de suma importancia conocer al detalle las características principales del impuesto y cual es el procedimiento para declararlo.

    ¿Qué es el IRPF?

    El IRPF (Impuesto sobre la renta de las personas físicas), es un impuesto que tiene como objetivo gravar la renta de las personas físicas. Por lo tanto, y al tratarse de un Impuesto que grava la renta de las personas físicas, también afecta directamente a los Autónomos.

    Destacar que se trata de un impuesto progresivo. Es decir, a mayor renta, mayor cantidad de impuesto del IRPF deberás pagar.

    Tablas del IRPF:

    Las tablas del IRPF son expedidas por Hacienda e indican los tramos de cotización que deben cotizar los Autónomos en función de los ingresos que hayan obtenido para el año en cuestión.

    Para 2017, los tramos son los siguientes:

    Trampos irpf 2017

     ¿Cómo declarar el impuesto del IRPF con la Agencia Tributaria?

    1.- Aplicando retención del IRPF en tus Facturas de venta. (En el caso de los Autónomos profesionales)

    Las retenciones del IRPF son anticipos a Hacienda. Importes económicos a cuenta de la Agencia Tributaria en previsión del resultado esperado para la declaración  de la renta o IRPF.

    Es decir, debes aplicar IRPF en tus facturas, deduciendo el porcentaje de IRPF a aplicar (15% o 7%, según el tiempo que llevas como Autónomo). Y será el Cliente quién pagará y liquidará a Hacienda este impuesto por ti, a partir de los modelos trimestrales 111 o 115.

    Si es tu caso, y has aplicado IRPF en tus Facturas en mínimo del 70% del volumen de facturación, te evitas realizar trimestralmente el modelo 130 y tener que declarar el IRPF de Autónomo.

    En un artículo anterior: ¿Cuándo debo introducir IRPF en una Factura?, te explicamos con todo tipo de detalle los Autónomos que deben aplicar IRPF en sus Facturas y cuál es el procedimiento.

    2.-Rellenando el modelo 130 o 131.

    Si no realizas retenciones del IRPF en tus facturas, deberás liquidar el IRPF de Autónomos rellenando el modelo 130 o 131.

    El modelo 130 es el modelo oficial de declaración para la liquidación del pago fraccionado a cuenta del IRPF. (solo para aquellos Autónomos que se encuentren en estimación directa).

    Es una declaración trimestral, en la cual se declara el beneficio obtenido hasta ese momento, y se ingresa, y si se procede, un porcentaje de este beneficio a cuenta de la futura declaración anual de la renta.

    ¿Cuándo se presenta el modelo 130?

    Se presenta de forma trimestral, siendo las fechas:

    1TR: 1 al 20 Abril, ambos inclusive.

    2TR: 1 al 20 de Julio, ambos inclusive.

    3TR: 1 al 20 de Octubre, ambos inclusive.

    4TR: 1 al 20 de Enero, ambos inclusive.

    El modelo 131 se realiza si tu actividad laboral está sujeta al Régimen de módulos de estimación objetiva.

    Declaración de la Renta

    A final de año, y en función del beneficio total que hayas obtenido para este año en cuestión, se calculará el importe total de IRPF que te corresponde pagar.

    En el momento de realizar la declaración de la renta, que puedes realizarla desde el 05 de Abril hasta el 30 de Junio, comprobarás, según el Beneficio total obtenido, y las retenciones que hayas practicas, si:

    – Hacienda debe devolverte una parte (Ya que las retenciones han sido superiores al importe que te corresponde pagar según tus Beneficios declarados en el año).

    – Deberás pagar más a Hacienda (Ya que las retenciones han sido inferiores al importe que te corresponde pagar según tus Beneficios declarados en el año).

     

    Blueindic

     

     

    6 comentarios

    1. «Y será el Cliente quién pagará y liquidará a Hacienda este impuesto por ti, a partir de los modelos trimestrales 111 o 115.»

      Realmente serían el 110 trimestral o el 111 mensual. El 115 es de arrendamientos.

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