Cuando se emprende un negocio, aparecen ciertas dudas relacionadas con las obligaciones contables y fiscales que te incuben por el hecho de lanzar al mercado un nuevo proyecto.
Y entre todas las posibles dudas, aparece una de habitual:
¿Debo realizar la Contabilidad en mi negocio?
Pues bien. Si nos ceñimos a lo que nos argumenta el Código de Comercio, en el articulo 25 especifican lo siguiente: “Cualquier empresario debe llevar una contabilidad ordenada y adecuada a la actividad de su empresa”.
No obstante, la personalidad jurídica y/o el tipo de estimación de alta escogido como Autónomo, trasladará la obligación o no de realizar una Contabilidad oficial en el negocio que has iniciado.
Intentemos visualizarlo:
Según el código de comercio y las leyes, existen dos grupos importantes:
1-Las Entidades mercantiles (Las empresas constituidas como sociedades, asociaciones, fundaciones, etc…).
Este grupo está obligado a realizar una contabilidad oficial y presentar anualmente las Cuentas Anuales. Así como presentar el Impuesto sobre sociedades.
2-Autónomos, sociedades civiles, comunidades de bienes, etc…
Este grupo debe tributar por el IRPF, debiendo escoger entre las diferentes estimaciones:
-Estimación Directa Normal
-Estimación Directa Simplificada
-Estimación Objetiva (Módulos)
¿Cuales son las obligaciones contables para el grupo de Entidades Mercantiles?
Tal y como he comentado, las Entidades Mercantiles (Sociedades/Empresas) deben realizar una contabilidad oficial según lo establecido en el Plan General Contable del código de comercio.
Y para el Código de comercio, las obligaciones contables que debe realizar una entidad mercantil, son las siguientes:
-Libro Diario
-Libro de Inventario y Cuentas Anuales
-Libro de acta y de socios
Esto quiere decir, que una vez el ejercicio económico es cerrado (suele ser del 01 de Enero a 31 de Diciembre), la entidad mercantil debe presentar ante el Registro Mercantil los libros de contabilidad obligatorios.
¿Qué ocurre con las asociaciones, entidades sin ánimo de lucro o fundaciones?
Tal y como deben realizar las sociedades, las asociaciones, fundaciones, etc… también son entidades mercantiles. Y por lo tanto, también deben realizar los libros contables obligatorios.
No obstante, tanto las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, no tiene tienen la obligación de presentar ante el Registro Mercantil los libros contables y cuentas anuales. (Siempre y cuando no se especifique en los Estatutos)
En cualquier, siempre es recomendable presentar las cuentas anuales para trasladar hacía el exterior una imagen sólida, de confianza y honestidad.
Para las fundaciones, si existe la obligatoriedad de presentar los libros diarios y cuentas anuales ante el Registro Mercantil.
Eso si, todas las entidades Mercantiles deben realizar una contabilidad oficial acorde al Plan General Contable. (Los libros contables y Cuentas anuales son el resultado final de la realización y elaboración de la contabilidad “diaria”).
¿Cuales son las obligaciones contables para el grupo de Autónomos, sociedades civiles, comunidad de bienes, etc… ?
Tal y como hemos indicado, en este grupo, las obligaciones contables variarán en función del régimen de estimación escogido en el momento de darte de alta como Autónomo.
Veamos las tres opciones:
-Obligaciones contable con Estimación Directa Normal
De forma obligatoria, están adheridas aquellas personas físicas cuando en sus negocios facturan más de 600.000€ anuales.
O bien, aquellas personas jurídicas que han optado por este régimen.
En esta situación, las obligaciones contables son las mismas que para una entidad mercantil:
-Realizar los libros contables:
-Libro Diario
-Libro de inventario y Cuentas Anuales
No obstante, su presentación ante el Registro Mercantil es optativo y voluntario.
-Obligaciones contable con Estimación Directa Simplificada
Esta es la opción más escogida para la gran mayoría de Autónomos.
En este régimen se incluyen todas las personas físicas que en el año no superan la Facturación de 600.000€ en su negocio.
Con la elección de este tipo de régimen, no es necesario realizar una obligación real y oficial, tal y como se hace en el caso anterior. Eso si, se debe trasladar anualmente el Beneficio del negocio.
Los únicos registros que debes realizar son los siguientes:
-Libro de Compras y Gastos
-Libro de Bienes de Inversión
Pese a no tener que realizar una Contabilidad oficial, es obligatorio realizar y tener actualizado los tres libros mencionados.
Además, debes conservar toda la documentación (Facturas de Venta y de Compra) por un periodo mínimo de 5 años.
-Obligaciones contable con Estimación Objetiva (por Módulos)
En este tipo de estimación pueden adherirse todas las personas físicas que realizan actividades en las cuales su epígrafe permite incluirse en la estimación objetiva.
Si la actividad de tu negocio parte de este epígrafe, por defecto estarás acogido a este régimen. No obstante, puedes renunciar a él en el momento que te das de alta, o bien, en los plazos durante el año que la Agencia Tributaria te lo permite.
Bajo la modalidad de estimación objetiva, no es necesario realizar ningún tipo de libro contable. Eso si, deberás conservar por trimestre, todas las facturas que has emitido y recibido en tu negocio.
¿Porqué se realiza la Contabilidad en un negocio?
En la mayoría de ocasiones, se refleja la contabilidad como un proceso pesado y sin valor añadido.
No obstante, y gracias a la contabilidad, se obtiene una información valiosa para el empresario que le permite conocer mejor su negocio, y poder así, gestionar con mayor eficiencia todos los recursos económicos de los que dispone.
Realizando una contabilidad correcta de nuestro negocio podemos extraer Cuentas de Resultados y Balances que nos indicarán e informará del estado actual de nuestro negocio:
-El Beneficio generado
-Las deudas acumuladas
-Facturas pendientes de pago o de cobro
-Vencimientos
-Planificación de impuestos
-Etc…
Por lo tanto, pese a ser un proceso poco conocido, es de vital importancia dedicarle tiempo y espacio a la Contabilidad de nuestro negocio.
Por ello, han aparecido en los últimos tiempos herramientas como Blueindic.
Blueindic es el programa de Facturación y Contabilidad online para Autónomos y Pequeñas Empresas, que permite de una forma visual, fácil y automática realizar todos los procesos contables en tu negocio.
Sin darte cuenta, estarás gestionando tu negocio y realizando a la vez todos los procesos y trámites contables.
Además, Blueindic te traslada gráficos, indicadores y reportings visuales que te informan en todo momento del estado de tu negocio. Gracias a ello, podrás tomar las decisiones acertadas.