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9 Errores que no debes cometer en la declaración del IVA

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    Cada trimestre, en tu negocio como Autónomo o Empresario estas obligado a realizar la presentación del impuesto del IVA mediante la declaración del modelo 303.

    Impuesto que deben presentar los más de 3 millones y medio de Negocios que existen en España.

    Al tratarse de un impuesto tan recurrente y realizado por tantos negocios, desde Blueindic hemos querido compilar los errores más habituales que realizan Autónomos y Empresarios en la realización de la declaración del IVA.

    Errores que no debes cometer en la declaración del IVA

    Pero antes de empezar, ¡No te queremos asustar! Existen errores y fallos que pueden ser subsanados a partir de la realización de una declaración complementaria, o bien, no afectan al resultado de la autoliquidación del modelo 303.

    Además, si eres “novato” en la presentación del impuesto del IVA, es aconsejable que durante las primeras veces, tengas a tu lado un asesor o gestor que te ayude en todo el proceso de presentación.

    ¡Vamos con los errores más típicos!

    1.-Equivocarte al seleccionar el trimestre correcto de la declaración

    Puede parecer un error muy tonto. Pero existe la posibilidad de error. Sin darte cuenta, y ante un error en la selección de la casilla del trimestre, quizás estás realizando la declaración para otro trimestre.

    Podrás subsanar el error, realizando una nueva declaración. Esta vez, para el trimestre y modelo correcto. No obstante, y al realizarlo fuera de plazo, seguramente conllevará algún tipo de recargo. 

    2.-No desglosar correctamente los diferentes tipos de IVA y de Base Imponible

    Es posible que por tu actividad, trabajes con productos con diferente IVA. Es importante tener ordenada y controlada toda la documentación que relaciona a cada IVA su base imponible correspondiente.

    Ten en cuenta que la Agencia Tributaria tiene hasta 4 años para solicitarte documentación y realizar una inspección de tu negocio. Si se dan cuenta de que ha existido un error y que has tributado por menos de lo que te tocaba, podrían acarrearte una sanción.

    3.-No añadir las Facturas Emitidas que correspondían al mismo trimestre de presentación. 

    Por norma general, las Facturas que emitas en tu negocio deben declararse en el mismo trimestre en el cual se han expedido. En caso contrario, estarás realización una declaración del IVA con menos ingresos y base imponible del que tocaría.

    No obstante, tienes hasta cuatro años para poder añadir las facturas emitidas o recibidas de trimestres anteriores en la declaración del IVA.

    4.-Mezclar las operaciones intracomuntarias con las nacionales. 

    Cuando realices operaciones comerciales intracomunitarias por facturas emitidas, deberás especificarlas con el modelo 303 y el modelo 349.

    Dentro del modelo 303 existen unas casillas específicas para las operaciones intracomunitarias. Seria un error mezclarlas con las “nacionales”.

    5.-Tratar un Bien de Inversión como una operación interior corriente. 

    Un Bien de Inversión es una compra de un inmovilizado, que tendrá una vida útil superior al año.

    Dentro del modelo 303, y por la adquisición y compra de un bien de inversión, existen unas casillas específicas para su registro. Podrás deducirte el total del coste de la inversión por el trimestre donde se produjo la compra.

    6.-Olvidarte del importe que tienes acumulado y a compensar de la declaración del IVA anterior.

    Cuando el IVA de la declaración sale negativo (es decir, la Agencia Tributaria te debe una cantidad) puedes compensarlo con siguientes declaraciones.

    Pues bien, si dispones de un importe acumulado para compensar, no te olvides de indicarlo y añadirlo en la declaración del IVA actual. En el apartado del Resultado del modelo 303 existe una casilla específica para ello.

    Este importe restará al valor que tuviera la declaración del modelo 303 por si solo.

    7.-Indicar erróneamente el CIF o NIF del declarante del modelo 303

    No es habitual, pero en alguna ocasión ha ocurrido. Si te equivocas e indicas un CIF o NIF diferente al tuyo, cuando la otra empresa quiera presentar el modelo 303, no podrá.

    Será un gran embrollo, ya que deberéis realizar los trámites para arreglar dicha situación.

    No obstante, en los últimos tiempos la Agencia Tributaria ya trabaja con herramientas de software que limitan el error en estas situaciones.

    8.-No solicitar la devolución del IVA en el último trimestre del año.

    Por desconocimiento o despiste, muchas empresas y Autónomos no solicitan la devolución del IVA en forma económica.

    Ten en cuenta que tan solo puede realizarse esta petición en el 4º trimestre del año. Si en los trimestres anteriores la Agencia Tributaria te debe pagar, tan solo podrás compensarlo con trimestres y declaraciones siguientes.

    9.- Despistarte con los plazos de presentación

    Existe un calendario que indica para todo el año, cuales serán los plazos de presentación del impuesto y modelo 303.

    Dichos plazos suelen ser parecidos para cada año. Por ello, es vital y clave no cometer el error de no saber cuando se debía presentar el impuesto, y posteriormente, tener que pagar un recargo en forma de sanción por presentar el modelo fuera de plazo.

    Los plazos para la presentación del modelo 303 trimestralmente, son:

    -1r trimestre: del 1 al 20 de Abril, ambos inclusive.

    -2º trimestre: del 1 al 20 de Julio, ambos inclusive.

    -3r trimestre: del 1 al 20 de Octubre, ambos inclusive.

    -4º trimestre: del 1 al 30 de Enero, ambos inclusive.  En este caso, también deberá presentarse el resumen anual con el modelo 390.

    Si el último día del plazo coincide con un Sábado, Domingo o Festivo,  el plazo de presentación se alarga hasta el siguiente día hábil.

    ¿Cómo puedo subsanar alguno de estos errores?

    Como te hemos comentado al principio del articulo, no te espantes demasiado. Existe la declaración complementaria.

    La declaración complementaria te permite subsanar algún tipo de error en una primera presentación declarada.

    La nueva declaración regularizará el resultado del impuesto del IVA presentado anteriormente. Eso si, date prisa una vez te hayas “percatado” del error.

    Si presentas la declaración complementaria en el mismo plazo, normalmente no ocurrirá nada. Si presentas la nueva declaración fuera del plazo establecido, se te penalizará con una sanción en forma de recargo.

     

    ¿Cómo lo ves? Ten en cuenta que el impuesto del IVA es un impuesto obligatorio para todos los negocios. Y obligatorio a realizara cada trimestre.

    Por este motivo, es aconsejable que trabajes con herramientas de gestión que te permitan realizar todos los procesos de tu negocio de una forma simple, ágil y visual.

    Con este objetivo nació Blueindic, el programa de Facturación y Contabilidad online para Autónomos.  

    A medida que se realizan operaciones en el programa (Presupuestos, Facturas, Registro de gastos, etc…) se contabilizará y se rellenará automáticamente el modelo 303 del IVA. Rápido y sin errores.

    ¿Quieres probarlo? ¡Disponemos de una versión de prueba totalmente gratuita de 30 días!

    Blueindic

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