En tu andadura como Autónomo o Empresario, la Agencia Tributaria te dictamina la presentación de varias declaraciones trimestrales o anuales en función de las actividades que has desarrollado en tu negocio.
Entre todas ellas, se encuentra la necesidad de realizar el Modelo 347 para la Declaración de operaciones con terceros.
¿Qué es el modelo 347 para la Declaración de operaciones con terceros?
El modelo 347 es el modelo que se utiliza para declarar las operaciones que se han realizado con terceros.
Se trata de un modelo informativo. Es decir, no se debe realizar ningún pago ni tampoco nos devolverán nada. La Agencia Tributaria tan solo requiere la información.
¿Qué se informa en el modelo 347?
Presentando el modelo 347 estás informando a la Agencia Tributaria sobre aquellas operaciones económicas y comerciales que has realizado con terceras personas (Clientes o Proveedores), y que su importe económico supera los 3.005,06€ en el ejercicio económico en cuestión.
En palabras más claras: Tendrás que explicar a la Agencia Tributaria con qué Clientes o Proveedores has vendido o comprado por valor superior a 3.005,06€ durante el ejercicio económico.
Pero no nos referimos a una única operación comercial que supere esta cantidad. Los 3.005,06€ deben venir por la suma de todas las operaciones comerciales realizadas durante el mismo ejercicio económico. (Con IVA incluido).
Es decir, si con un Proveedor A has realizado las siguientes operaciones:
Factura Compra 1 (15/03/2017): 1500€
Factura Compra 2 (25/05/2017): 850€
Factura Compra 3 (17/08/2017): 1.200€
Factura Compra 4 (22/10/2017): 900€
Total operaciones con Proveedor A: 4.450€
Con este ejemplo, tendrás que informar a la Agencia Tributaria que durante 2017 has realizado operación con el Proveedor A por un importe de 4.450€ (Ya que la suma de las Facturas es superior a los 3.005€).
Además, deberás informar las operaciones por trimestres, y no solo la cantidad anual. Es decir, cada operación realizada deberás incluirla en el trimestre donde regístrate la Factura para la declaración del IVA.
¿Quién debe presentar el modelo 347 ante la Agencia Tributaria?
Deben presentar el modelo 347 todas las personas físicas (Autónomos) o jurídicas (Empresas) que desarrollan actividades profesionales o empresariales, y que han realizado operaciones con terceros, que en su conjunto, superan los 3.005€ durante un mismo año natural.
No obstante, existen ciertas exclusiones en la presentación del modelo 347 para:
-Autónomos que han emitida sus Facturas de Venta con retención de IRPF, o bien, los Clientes y Proveedores con los que ha superado el importe de 3.005€ son intracomunitarios.
En este caso, no deberá presentar el modelo 347, ya que dicha información se traslada hacía la Agencia Tributaria mediante otros modelos informativos: El 190 y el 349.
-Aquellos que realizan actividades profesionales y empresariales en España, pero no tienen la sede de su actividad económica aquí.
-Las personas física y entidades adscritas a la atribución de rentas y que tributan por el IRPF con estimación objetiva (Es decir, aquellos que están por módulos).
-Los que no han superado en el año, y con ninguna otra persona, cifras superiores a los 3.005€ por actividades comerciales o económicas.
-Los que deben informar mensualmente las operaciones que tienen incluidas en el libro de IVA, como es el caso de los que están inscritos en la devolución mensual del IVA con el modelo 340.
¿Qué operaciones debo declarar con el modelo 347?
Las operaciones que en el ejercicio económico han superado la cantidad de 3.005€.
Excepto:
-Operaciones que ya han sido informadas a la Agencia Tributaria mediante otros modelos informativos como son el 190 y 180.
-Operaciones realizadas por establecimientos y entidades sociales.
-Los alquileres de bienes que están exentos del impuesto del IVA, y realizados por personas físicas o entidades que no disponen de personalidad y que no se consideran actividades profesionales o empresariales.
¿Cuándo se debe presentar el modelo 347 ante la Agencia Tributaria?
El modelo 347 debe ser presentado en Febrero para informar de las operaciones realizadas durante el año anterior.
Es decir, en Febrero de 2018 se informarán de las operaciones con terceros realizadas durante el 2017.
Las sociedades limitadas están obligadas a realizar y presentar el modelo 347 por Internet, vía telemática en la web de la Agencia Tributaria.
En cambio, de momento los Autónomos también disponen de la posibilidad de presentar el modelo en la propia oficina de su delegación de Hacienda que le corresponda por su domicilio fiscal.
No obstante, lo más probable es que esta posibilidad desaparezca en breve, y los autónomos también estén obligados a presentar el modelo 347 por Internet.
Tal y como se va planteando, el objetivo de la Agencia Tributaria es realizar todos los trámites telemáticamente.
Por ello, es interesante que empieces a plantearte obtener el Certificado Digital, que te permitirá operar y realizar todos los trámites por Internet.
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¿Qué ocurre si no presento el modelo 347?
Si la Agencia Tributaria detecta que no has presentado el modelo 347 cuando si debías haberlo hecho, podrías incurrir en una sanción que podría tener un valor mínimo de 300€ y hasta los 20.000€.
El cálculo de la sanción provendría de la suma de 20€ por cada dato de Cliente o Proveedor que no has reflejado o informado.
¿Con qué fin utiliza la Agencia Tributaria el modelo 347?
Para la Agencia Tributaria, disponer del modelo 347 le sirve como elemento de control ante el fraude.
Ya que obtienen los datos desde las dos partes afectadas (El Cliente y el Proveedor), y por lo tanto, pueden visualizar rápidamente si han declarado el mismo importe de IVA, por ejemplo.
Por este motivo, lo habitual y antes de presentar el modelo 347, es comprobar con tus Clientes y Proveedores los datos y números que se presentarán en el modelo.
Todo ello, para evitar posibles errores y que las alarmas salten para la Agencia Tributaria.
Como ves, en función de las actividades de tu negocio, y los volúmenes económicos con Clientes y Proveedores, estarás en la obligación de presentar anualmente el modelo 347.
Pero no te preocupes. Tan solo es un modelo informativo. Si toda tu información y documentación esta ordenada y controlada durante todo el ejercicio económico, realizar el modelo 347 será un proceso ágil y sencillo.
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Modelo 347 para la Declaración de operaciones con terceros
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