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¿Puedo emitir Facturas Simplificadas en mi negocio?

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    Las Facturas Simplificadas son uno de los 6 tipos de Facturas que se pueden utilizar según la normativa de Facturación.

    Además, y junto con la Factura ordinaria, suelen ser de los tipos de Factura más utilizadas en la mayoría de negocios.

    Además, y desde la entrada en vigor del nuevo reglamento de facturación en 2010, la Factura Simplificada sustituyó los aún conocidos Tickets utilizados en el comercio al por menor.

    ¿Qué diferencia existe entre una Factura Simplificada y una Factura Ordinaria?

    La principal diferencia es que en la Factura Simplificada no es necesario que aparezca la información y datos del destinatario.

    Por otro lado, en la Factura Simplificada la cuota del IVA, en la mayoría de ocasiones, no está desglosada. Lo único que aparece en el documento es el porcentaje de IVA, indicándose “IVA incluido”.

    ¿Puedo emitir Facturas Simplificadas en mi negocio? 

    Existen casos en los que se pueden emitir Facturas Simplificadas:

    La operación comercial no supera los 400€

    Se trata de una Factura rectificativa

    -Está autorizado por el departamento de Gestión Tributaria

    -En aquellas operaciones donde el reglamento de Facturación anterior permitía la expedición de Tickets con un importe inferior a los 3.000€, iva incluido.

    Las operaciones permitidas, son las siguientes:

    -Ventas al por menor. Es decir, operaciones comerciales donde el destinatario y cliente final no es un empresario o autónomo. Por lo tanto, el comercio en general tiene la posibilidad de realizar Facturas Simplificadas.

    -Servicios de ambulancia

    -Venta o Servicio a casa del consumidor

    -Transporte de personas

    -Servicios de hostelería y restauración

    -Discotecas y salas de baile

    -Servicios de peluquería y estética

    -Servicios de fotografía

    -Servicios de videoclub

    -Tintorerías y lavanderías

    -Autopistas y peajes

    ¿En qué ocasiones no puedo emitir Facturas Simplificadas en mi negocio?

    A la vez, existen casos y ocasiones que hacen imposible la posibilidad de emitir Facturas Simplificadas:

    -En la realización de entregas intracomunitarias de bienes. 

    -En las ventas a distancia

    Como ves, si tu negocio tiene como Cliente el consumidor final, ya que se trata de un comercio, tienes la posibilidad de realizar Facturas Simplificadas en tus acciones comerciales. 

    Si por el contrario, tu Cliente es un autónomo o empresario, estarás obligado a realizar una Factura ordinaria, indicando obligatoriamente la siguiente información:

    -Información fiscal el emisor y receptor de la Factura

    -Cuotas y tipos de IVA desglosados

    Sin embargo, es muy importante que en todas tus compras y gastos en el negocio pidas siempre el documento de la Factura ordinaria.

    Sin este documento, será imposible que puedas deducirte el gasto y el IVA que has pagado. Y sin lugar a dudas, esto podría afectar a tu negocio.

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