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¿Puedo pagar la declaración del IVA a plazos?

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    Si eres Autónomo o Empresario ya sabes que trimestralmente debes “pasar” por la Agencia Tributaria y presentar el modelo 303 de la declaración de autoliquidación del IVA.

    En alguna de estas ocasiones y cuando la declaración indica que te ha salido el IVA a pagar, es posible que te encuentres en una situación de poca liquidez que no te permita pagar con garantías el IVA que le debes a la Agencia Tributaria.

    El IVA te saldrá a pagar cuando los ingresos han sido superiores a los gastos para un trimestre en cuestión. Por lo tanto, el IVA que has cobrado es superior al pagado por tus gastos, así que has generado un excedente de IVA que debes liquidar con la Agencia Tributaria. 

    ¡Recuerda que como Autónomos o Empresario eres un mero intermediario y recaudador del IVA! Así que desde Blueindic te aconsejamos que el IVA que obtengas de tus Facturas de Venta no lo utilices para ningún otro fin que liquidarlo con la Agencia Tributaria.

    Si lo haces así, nunca te encontrarás en la situación de no poder pagar el IVA que te corresponde a la Agencia Tributaria.

    (Si bien es cierto, existe otra posibilidad en la que debes pagar IVA y no tienes liquidez. Tus ingresos son superiores a los gastos, pero al emitir las Facturas a vencimiento aún no has obtenido los cobros, pero el IVA si debes presentarlo en el trimestres que has hecho la Factura).

    En cualquier caso, si nos encontramos en esta situación:

    ¿Puedo pagar la declaración del IVA a plazos?

    La respuesta es afirmativa. Existen varias opciones que te permiten aplazar el pago del IVA que tienes pendiente con la Agencia Tributaria.

    1.-Solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago del IVA

    Si te encuentras en situación de falta de liquidez para poder liquidar un IVA, la Agencia Tributaria te permite el aplazamiento de la deuda en un único plazo, o bien, en varios plazos fraccionando así la deuda. 

    Tanto si eres Empresa como Autónomo, puedes solicitar el aplazamiento del IVA siempre y cuando justifiques el motivo de este retraso en el pago.

    Deberás presentar esta justificación ante el orden competente, habiendo un limite en el aplazamiento de 30.000€

    2.-Solicitar la financiación del IVA

    Puedes financiar el pago iva con la solicitud del Aplazamiento del pago desde la propia pagina de la Agencia Tributaria.

    Te solicitarán los siguientes datos:

    -Datos personales

    -Reconocimiento de la deuda con su número de identificación

    -El importe de la deuda

    -El número de tu cuenta bancaria donde se domiciliarán los pagos.

    -La fecha del 1r pago. Puede ser el día 5 o 20 de cada mes.

    -El numero de plazos del aplazamiento.

    Cabe destacar que para realizar este proceso es necesario que dispongas del certificado digital, y que esté instalado desde el ordenador donde realizarás la solicitud.

    Una vez se ha presentado la solicitud, el órgano competente de la Agencia Tributaria verificará la falta de liquidez, la capacidad de generar recursos y las posibles garantías necesarias.

    Los aplazamientos acordados por la Agencia Tributaria suelen ser los siguientes:

    -Por importes menores a 1.000€: 3 plazos de pago.

    -Por importes comprendidos entre 1.000 y 5.000€: 9 plazos de pago.

    -Por importes comprendidos entre 5.000 y 10.000€: 12 plazos de pago.

    -Por importes comprendidos entre 10.000 y 20.000€: 18 plazos de pago.

    -Por importes comprendidos entre 20.000 y 30.000€: 24 plazos de pago.

    Si bien es cierto, existe un interés que incrementará el valor a pagar de la deuda, el tipo será mas bajo que si acudieras a una entidad financiera.

    Según indicaciones de la Agencia Tributaria, los aplazamientos que se soliciten con importes inferiores a 30.000 se resolverán de forma casi inmediata y sin aportar garantías.

    Por el contrario, en deudas superiores a 30.000 deberán aportarse garantías y realizarse por un proceso ordinario y no automatizado.

    ¿Qué ocurre si no realizo el pago de una mensualidad? 

    Si llega un plazo y ves que no eres capaz de poder asumirlo, lo primero que debes hacer es acudir a tu delegación de la Agencia Tributaria notificando dicha situación. Esto te permitirá generar “la buena fe del contribuyente”, y lo más probable es que adapten los pagos de la deuda en nuevos aplazamientos con importes a pagar inferiores.

    Si por el contrario, no lo notificas, el proceso de deuda podría pasar a vía ejecutiva, añadiéndose a la deuda un recargo del 20% por impago.

    Como ves, existen ciertas soluciones a las que te puedes acoger en caso de no poder realizar frente al pago de un impuesto trimestral.

    No obstante, y tal y como hemos indicado en el principio, todo parte por una prevención y control de todos tus ingresos y gastos. Si mantienes asegurado el importe que has cobrado por el IVA, es posible que nunca te encuentres con esta situación.

     

    Blueindic, el programa de Facturación para Autónomos te permite gestionar tu negocio y tenerlo controlado en único sitio.

    A medida que realizas operaciones en tu negocio: Realización de facturas, registros de gastos, etc…obtienes tablas y gráficos que te informan de la cantidad de IVA cobrado y pagado que vas acumulando. Gracias a ello, sabes en todo momento cuanto IVA deberás liquidar en el trimestre.

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