Si eres Autónomo o tienes una pequeña empresa y tienes un proveedor de servicios en tu negocio, es muy probable que en ocasiones, y en las facturas que te emita, incluya una retención de IRPF.
¿Tienes claro cuál es el procedimiento cuando recibes una Factura con retención de IRPF?
Un Autónomo profesional está obligado a tributar por IRPF. Y tiene dos posibilidades a la hora de realizar la retención:
-Realizar y presentar trimestralmente el modelo 130 ante la Agencia Tributaria
-Realizar e indicar una retención del IRPF en las Facturas que realiza a otros Autónomos o Empresas. Si el cliente final es un particular, no debe de existir retención.
Pues bien, si el Autónomo proveedor de servicio en tu negocio, se decide por la segunda posibilidad, en cada factura que te emita se indicará una retención de IRPF.
Es decir, se descuenta de la Factura que emite, el importe económico que más adelante hubiera que imputar ante la Agencia Tributaria.
Y eres tú, el Autónomo o empresario receptor de la Factura quien tiene la obligación de pagar ante la Agencia Tributaria, y en nombre del Proveedor emisor, el importe económico por la retención de IRPF practicada.
Por ello, es muy importante que el Proveedor de la Factura emita correctamente la Factura, indicando exactamente el importe económico de la retención de IRPF practicada.
En la actualidad, existen 2 valores porcentuales a retener:
–Retención del 7% de la Base Imponible de la Factura: Para aquellos Autónomos que han iniciado su negocio en un periodo no superior a 2 años.
–Retención del 15% de la Base Imponible de la Factura: El resto de Autónomos profesionales, que ya llevan en su negocio actual más de 2 años.
La retención del IRPF debe restar a la Base Imponible. En cambio, el impuesto del IVA, que también se calcula teniendo en cuenta la Base Imponible, suma.
¿Cuándo debo liquidar ante la Agencia Tributaria una Factura con retención de IRPF?
Trimestralmente, y mediante el modelo 111, deberás realizar la liquidación de las retenciones de IRPF que hayas recibido en tus Facturas durante el trimestre en cuestión.
¡Pongamos un ejemplo de una Factura recibida con retención de IRPF!
Imagínate que en tu negocio trabajas con un Autónomo profesional que realiza los diseños gráficos en tu empresa, y en el último mes te envió una factura con la siguiente información:
Material diseño gráficos: 65€
Horas diseño prototipo B: 125 €
Total Base Imponible: 190 €
+Impuesto del IVA (21%): 39,90€
-Retención del IRPF (15%): 28,50€
Importe total de la Factura: 201,40€
Como ves, en la Factura que has recibido, se incluye el impuesto del IVA del 21% que asciende y suma 39,90€. Y además, también aparece en negativo y restando la retención de IRPF que ha practicado del 15%, y con un valor económico de 28,50€.
El valor de la Factura Final es la suma del importe del IVA a la Base Imponible, y la resta de la retención del IRPF a la Base Imponible.
Estos 28,50€ que te ha “descontado” en la Factura, serán los que deberás pagar y declarar trimestralmente, y con el modelo 111, ante la Agencia Tributaria.
Ahora, y si tienes un Autónomo proveedor de servicios en tu negocio, ya puedes responder a la pregunta del artículo: ¿Qué debo hacer si recibo una Factura con retención de IRPF?
Por suerte, Blueindic, un Programa de Facturación y Contabilidad Online ideal para Autónomos y PYMES, gestiona y automatiza todos los procesos que realices, Facturas y Gastos, con el rellenado y completado de los modelos tributarios que debes presentar ante la Agencia Tributaria.