En muchas ocasiones, escuchamos por las noticias hablar sobre los domicilios sociales y fiscales de las empresas. No obstante, la mayoría de personas no tienen claro cuales son las diferencias entre una dirección y otra.
Por otro lado, en el momento de la realización de una Factura es obligatorio indicar una dirección. ¿Sabes cuál es la dirección que debes indicar?
Así pues, empecemos por el principio.
¿Cuáles son las diferencias entre domicilio social y domicilio fiscal?
El Domicilio Social
Seguramente, el más fácil de entender. Es la dirección desde donde se realiza la actividad principal de la sociedad, o bien, desde el lugar donde se realiza la gestión y administración del negocio.
Es decir, el lugar donde está ubicado el consejo de administración o de dirección, o bien, el establecimiento principal.
El Domicilio Social estará registrado y notificado durante el proceso de constitución de la sociedad, registrándose así, en el Registro Mercantil.
A nivel práctico, el domicilio Social permite determinar la Agencia Tributaria que le corresponde. Y en consecuencia, que normativa local o autónomo se le debe aplicar.
El Domicilio Fiscal
Por el contrario, el Domicilio Fiscal es la dirección de referencia para las comunicaciones y relaciones con la Agencia Tributaria.
Es decir, el lugar donde la Sociedad sostiene sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria.
El Domicilio Social determina la delegación tributaria. Y por el contrario, el domicilio Social se relaciona con la oficina de la Agencia Tributaria.
En ocasiones, pueden resultar los dos domicilios con la misma dirección. Pero no es un hecho necesario.
A diferencia del domicilio Social, que está registrado mediante constitución de la sociedad, y por lo tanto, pasando por el Notario. El domicilio Fiscal puede ser modificado mediante la realización del modelo 036 o 037 ante la Agencia Tributaria.
¡Importante! Si eres Autónomo estás de suerte, ya que tan solo existe un único domicilio para tu negocio: El domicilio Fiscal.
La selección de dos domicilios tan solo afecta a las sociedad (Una Sociedad Limitada, por ejemplo).
Ahora que ya conocemos un poco más las diferencias entre los dos domicilios, te detallamos cual es el que debes incluir en tus Facturas de Venta.
¿Qué dirección debo indicar en una Factura de Venta?
Seguramente, y ante la explicación de cada uno de los dos domicilios ya te habrás dado cuenta:
Una Factura de Venta tiene mucho más importancia que un mero documento comercial. Ya que también genera obligaciones fiscales.
Y como la misma palabra lo indica, la dirección que debes indicar en tus Facturas de Venta es la dirección Fiscal.
Por ello, todas Facturas de Venta que emitas, así como las facturas de Gasto que recibas en tu negocio deberán contener la dirección Fiscal del emisor/ receptor del documento.
Esta es la principal exigencia por parte de la Agencia Tributaria para deducirte todos los gastos de tu actividad, por ejemplo.
¿Cuál es la información fiscal que debo incluir en una Factura de Venta?
Además de la dirección fiscal de tu negocio, deberás indicar y de manera obligatoria la siguiente información fiscal:
–Nombre o Razón social de tu negocio (Tu nombre como Autónomo, o bien, el nombre de la sociedad).
–NIF: Número de Identificación Fiscal (el “DNI” si eres un Autónomo, o bien, el NIF que asignen a tu sociedad).
–Domicilio Fiscal. Indicando dirección, código postal y ciudad.
Como ves, es importante tener claro cual es la dirección que se debe indicar en una Factura. Un error en este proceso puede provocar posibles inspecciones y sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
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