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¿Qué es un Autónomo dependiente o independiente?

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    Es posible que en tu negocio como Empresa, te encuentres en el proceso de entablar relaciones de trabajo con un Autónomo, ya sea mediante una relación dependiente o independiente.

    Con el artículo de hoy queremos detallarte las principales diferencias entre estos dos conceptos, evitando así, el error en la contratación de un “falso autónomo”.

    ¿Qué es un Autónomo dependiente económicamente?

    Se considera Autónomo dependiente a aquél que realiza una actividad económica como Autónomo, mediante un mecanismo habitual, personal y directa hacía un único cliente con el que dedica prácticamente la mayoría de su tiempo profesional. 

    En el momento que los ingresos por un único Cliente superan el 75% del total, la Ley indica que se trata de un Autónomo dependiente (TRADE).

    Si un Autónomo quiere desempeñar un trabajo dependiente, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

    -No debe tener trabajadores a su cargo, ni subcontratar parte de la actividad a realizar a otros terceros.

    -Debe disponer de materiales propios y una específica infraestructura productiva, necesarias para realizar la actividad aplicada al cliente en cuestión.

    -Debe desarrollar la actividad con su propia organización y criterios organizativos.

    -Tiene que recibir una contraprestación económica por la actividad desempeñada. 

    ¿Qué es un Autónomo independiente económicamente? 

    Es la figura del Autónomo que trabaja por cuenta ajena. Los Clientes influirán en la consecución de los objetivos y/o resultados, pero en ningún caso, deciden la forma en la que procedes en tu trabajo.

    El Autónomo gana dinero por administrar y gestionar el negocio. Por lo tanto, no existe un salario predeterminado y definido entre Clientes y Autónomo.

    Es decir, el Autónomo trabaja de forma independiente y sin las órdenes de ningún jefe o subordinado.

    Por ello, el Autónomo paga sus propios seguros sociales, así como corre con el riesgo de la incertidumbre del negocio.

    Por lo tanto, la diferencia entre un tipo de Autónomo y el otro, radica en el tipo de independencia con la que puede trabajar respecto a la gestiones y actividades profesionales que realiza con sus Clientes.

    ¿Diferencias entre un Autónomo dependiente (TRADE) y un falso autónomo?

    Lo primero que tienes que tener en cuenta es que la figura del “Faso Autónomo” es ilegal. En cambio, el Autónomo Dependiente si está regulado ante las leyes.

    El “Falso Autónomo” seria aquel trabajador que está inscrito en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos), pero en cambio, las características con las que trabaja son parecidas a las de un trabajador asalariado.

    Además de seguir las directrices de la empresa, el falso Autónomo cumple los horarios fijados por la empresa y utiliza las herramientas y materiales de la empresa para el desarrollo de su actividad.

    Esto suele ocurrir en ciertas empresas donde quiere ahorrarse y evitarse el coste de las cotizaciones de los trabajadores ante la Seguridad Social. Tal y como hemos indicado, es un proceso ilegal que podría acarrear varias sanciones y multas para la empresa.

    Para que te hagas una idea, ante una posible inspección de trabajo, la multa podría oscilar de los 3.126€ hasta los 10.000€.

    Por el contrario, el Autónomo dependiente está regulado ante la ley, y aunque la mayoría de sus ingresos provienen de un único Cliente, se cumplen los requisitos escritos en el primero apartado del artículo de hoy.

    ¿Qué es un Autónomo dependiente o independiente?

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