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Trabajar de Autónomo sin darme de Alta

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    ¿Te estás planteando realizar trabajaos como si fueras Autónomo pero sin darte de alta? Si te está rondando esta idea por la cabeza, es interesante que leas el siguiente artículo para que conozcas y analices las posibles consecuencias.

    1.- Posibles consecuencias con la Seguridad Social

    Si empiezas a desarrollar una actividad profesional y comercial sin estar dado de alta ante la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena (en el RETA) podría acarrearte consecuencias graves.

    Si como Autónomo detectan que no estás dado de alta en el régimen especial de trabajadores Autónomos (el RETA), podrían solicitarte el alta desde la fecha inicial con la que empezaste a desarrollar tu actividad profesional.

    Esto quiere decir que te reclamarán todas las cuotas mensuales de Autónomo que tendrías que haber pagado desde tu Alta, y que no has pagado. 

    Además, y por no haber realizado el pago en el momento que tocaba, existirá una sanción que pueda llegar a ser del 20% de recargo, por intereses de demora.

    En algunas ocasiones, también se sumará la sanción correspondiente por incumplimiento de tus obligaciones fiscales y posible fraude ante la Agencia Tributaria.

    Y por haber incumplido con esta obligación, perderás “in facto” los posibles beneficios fiscales que te podrían tocar, como por ejemplo la tarifa plana de 50 euros.

    2.- Posibles consecuencias con la Agencia Tributaria 

    Si nos centramos en las consecuencias con Agencia Tributaria, pueden ocurrir dos situaciones:

    -No estás dado de alta como Autónomo, pero en las liquidaciones impositivas trimestrales has ido declarando tus Ingresos 

    Ante esta situación, aunque no te has dado de alta como Autónomo, si has ido pagando ante la Agencia Tributaria los impuestos que te corresponden: El IVA, la retención de IRPF, etc…

    Por lo tanto, el error y problema es meramente formal. Tenías que haberte dado de alta en el RETA y no lo hiciste.

    En este caso, la Agencia Tributaria procederá a modificar tu censo de actividad, dándote de alta como Autónomo.

    Lo más probable es que no exista sanción por parte de la Agencia Tributaria. Y si lo fuera, no superarían los 100-200€ de recargo.

    -No has declarado tus Ingresos ante la Agencia Tributaria

    En esta situación, el error y problema es doble. No estás dado de alta como Autónomo, y además, no has declarado trimestralmente los ingresos que has ido generando ante la Agencia Tributaria, y por lo tanto, no has presentado los impuestos correspondientes.

    Aunque es posible que el IVA no lo hayas cobrado en tus Facturas de Venta, la Agencia Tributaria sí te lo solicitará. Y como te imaginas, deberás ponerlo de tu bolsillo, ya que lo más probable es que el Cliente de la Factura no te lo quiera pagar ahora.

    Por lo que respecta al impuesto del IRPF, tu obligación hubiera sido declarar los ingresos obtenidos durante el periodo. La Agencia Tributaria procederá a regularizar tu renta de IRPF por los ingresos y gastos reales que has obtenido. Ante esta situación, se actualizará el valor real que deberás tributar de IRPF.

    Además, y por el hecho de haber dejado de presentar impuestos que son obligatorios en la actividad profesional de un Autónomo, la Agencia Tributaria te incurrirá una sanción, llegando al 50%, por el importe que dejaste de ingresar.

    Como puedes comprobar, una posible inspección de la Agencia Tributaria y la Seguridad Social ante la comprobación de que realizas actividades comerciales y profesionales como Autónomo, sin estar dado de alta, puede acarrearte graves problemas.

    Tener que pagar las cuotas mensuales de Autónomo de tiempo atrás, así como sanciones por el pago de impuestos no declarados podrían llevarte a la quiebra o a debilitar tu propia economía personal.

    Por ello, es vital realizar las cosas correctamente y respetando la ley desde el principio.

    Además de tenerlo todo bajo control, no te encontrarás con “quebraderos de cabeza” cuando menos te lo esperas.

    ¡Ten en cuenta que darte de alta como Autónomo te costará un día!

    Desde Blueindic te recomendamos que leas los siguientes artículos que te ayudarán a conocer con profundidad el procedimiento de alta de un Autónomo:

    -¿Cómo me doy de alta como Autónomo?

    -¿Cómo rellenar el modelo 037 para darme de alta como Autónomo?

    -Alta en la Seguridad Social como Autónomo

    -¿Cuáles son mis obligaciones fiscales como Autónomo?

    ¿Trabajar de Autónomo sin darme de Alta? 

    La respuesta es clara. NO.

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