Por tu actividad económico y profesional, ya seas Autónomo o Empresario, te será necesario realizar ciertos gastos que tendrán relación directa con el desarrollo de tu actividad. Y por lo tanto, con la obtención de Ingresos.
Dicho en otras palabras, los gastos deducibles nos ayudan a la generación de ingresos, actuales o futuros.
¿Qué es un gasto deducible?
Según el artículo 7 sobre la Ley de Impuesto de la Renta, los gastos deducibles serán aquellos gastos que por su finalidad, son útiles, necesarios y pertinentes para generar utilidad y beneficios para el negocio.
Ten en cuenta que al haber diferentes actividades profesionales, según el impuesto del IAE, los gastos serán deducibles o no, en función de la actividad escogida.
Además, cualquier gasto para que sea deducible, deberá estar justificado mediante una Factura y contabilizado en el negocio.
Un gasto no será deducible si no existe relación directa con la actividad principal del negocio. Y por lo tanto, no se deberá tener en cuenta a la hora de obtener el resultado final fiscal.
Gastos deducibles en un negocio
1.- Gastos de explotación
Son todos aquellos gastos que nos ayudan a realizar la actividad principal de nuestro negocio. Es decir, tienen una relación directa.
Por ejemplo:
-Materias primas, envases
-Material de oficina
-Combustibles
2.- Sueldos y Salarios
Todos los gatos relacionados con el pago de nóminas, dietas, pagas extraordinarias, etc… y que sean por el trabajo en la actividad del negocio.
3.- Alquileres y mantenimiento
Si tienes un alquiler de la oficina o local comercial donde desarrollas tu actividad. Además, se incluyen gastos de mantenimiento y seguros contratados.
4.- Gastos Financieros
Gastos financieros por operaciones realizadas para el negocio. Por ejemplo, el pago de intereses por el préstamo, recargos por aplazamientos de deudas, etc..
5.- Otros gastos
Aquellos gastos que también tienen relación con la actividad del negocio y son necesarios.
Por ejemplo:
-Gastos en investigación y desarrollo
-Suministros (Agua, luz, teléfono móvil….)
-Servicios bancarios
-Transportes
-Publicidad
-Gestoría, Notario….
¿El IVA de los gastos también se puede deducir?
Según la Agencia Tributaria, el IVA deducible es aquél IVA aplicado en una Factura de gastos que tiene relación directa con la actividad empresarial que se desarrolla.
Tan solo será necesario que dispongas de la Factura que justifique la operación.
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