Viernes 29 de marzo de 2024
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

¿Modelo 130 o realizar retenciones de IRPF en las Facturas?

Tabla de contenidos
    Add a header to begin generating the table of contents

    Una vez estés constituido como Autónomo profesional, y en función de tus ingresos anuales, deberás pagar y abonar ante la Agencia Tributaria un determinado IRPF (Impuesto de la renta de las personas físicas).

    Este IRPF podrá ser pagado mediante dos opciones:

    1.-Presentar trimestralmente el modelo 130

    2.-Aplicar una retención de IRPF en cada una de tus Facturas de Venta

    Esta es una decisión que deberás realizar en el momento que se produzca el Alta como Autónomo profesional. Mediante los modelos de alta 036 o 037.

    Antes de valorar las diferencias y conocer cuál es la opción preferible en cada caso, es interesante realizar una breve explicación de cada uno de los casos.

    ¿Qué es el modelo 130?

    El modelo 130 es el documento oficial de autoliquidación trimestral del pago fraccionado de las retenciones en IRPF, que deben realizar los Autónomos que desarrollan sus actividades acogidos al régimen de estimación directa.

    Es decir, es el modelo que se utiliza para ir realizando, periódicamente, los pagos a cuenta de la declaración anual del IRPF. (La declaración de la renta).

    En cada trimestre y presentación del impuesto, y de los beneficios obtenidos, ser irán pagando un 20% del resultado a cuenta de la declaración de la renta. Una vez ha llegado el momento de realizar la declaración anual, el valor de la declaración debería acercarse a lo que ya has estado anticipando.

    Si en la presentación del modelo 130 has pagado más de lo que te tocaría, una vez ha finalizado el año y realizas la declaración de la renta, esta te saldrá a devolver.

    Si quieres obtener mayor información relativa al modelo 130, y además quieres aprender a realizarlo, te aconsejamos el siguiente enlace: ¿Cómo rellenar el modelo 130?

    ¿Qué son las retenciones de IRPF en las Facturas de Venta?

    Las retenciones de IRPF son unos importes que deberán ser indicados en tus Facturas de Venta cuando las emitas hacía empresas u otros Autónomos profesionales.

    Estas retenciones de IRPF, se gestionarán como anticipos ya que restarán el importe final de tu Factura de Venta. Es decir, como Autónomo ya te anticipas un pago que deberías realizar del IRPF.

    Es el receptor de la Factura (Empresario u otro autónomo profesional) quién deberá encargarse de realizar el pago de la retención hacía la Agencia Tributaria con el modelo 111.

    Aquellos Autónomos asignados como Autónomos profesionales estarán obligados, y como norma general, a realizar retenciones de IRPF en sus Facturas de Venta.

    Los Autónomos profesionales son aquellos que en el impuesto del IAE están dados de alta en la segunda y tercera sección relativas a las actividades profesionales y artísticas.

    La retención de IRPF a aplicar en una Factura de venta debe ser del 15% sobre el total de la Base Imponible de la Factura.

    No obstante, los nuevos autónomos y durante los tres primeros años, pueden aplicar una retención de IRPF del 7%.

    Si quieres profundizar en el proceso de aplicar una retención de IRPF en tus Facturas, te aconsejamos que leas el siguiente artículo: ¿Cuándo debo introducir IRPF en una Factura?

    ¿Cómo decidir entre el modelo 130 o realizar retenciones de IRPF en las Facturas?

    Por regla general, es mucho más práctico y cómodo realizar y aplicar retención de IRPF en tus Facturas de Venta, ya que así, te olvidas de realizar trimestralmente el modelo 130.

    Serán tus clientes receptores de las facturas con retención, quienes deban abonarlo hacía la Agencia Tributaria con el modelo 111.

    No obstante, para poder realizar retenciones, deberás cumplir los siguientes requisitos:

    -Como Autónomo, tu actividad ha sido encuadrada en la sección segunda y tercera  del impuesto de Actividades Económicas.

    -Debes marcar en el modelo 036 o 037 durante tu alta como Autónomo la opción escogida. 

    -Tener que incluir retención de IRPF en, al menos, un 70% de toda tu Facturación.

    Ten en cuenta que tan sólo puedes Facturar con retención de IRPF cuando el cliente receptor es una empresa, o bien, otro Autónomo profesional.

     

    Como ves, siempre es aconsejable utilizar la opción de aplicar retención de IRPF en tus Facturas. Mucho más cómodo y práctico.

    Con Blueindic, el programa de Facturación y Contabilidad para Autónomos podrás realizar y emitir, de una forma visual, simple y fácil, tus Facturas de Venta con la retención de IRPF que quieras aplicar.

    Blueindic

    2 comentarios

    1. Pregunta:
      Si hago retención y así no presento el mod.130, pierdo la oportunidad de desgravarme los gastos de las compras necesárias para ejercer mi actividad…por eso no veo buena la opción de no realizar el mod.130
      Podeis confirmarlo?

      1. Buenos Días M.Rosa,

        Las retenciones en factura o modelo 130 son procesos que anticipan un pago en la declaración de la renta anual. (son previsiones que luego se ajustarán a la alza o a la baja).

        Es en la realización de la declaración de la renta (modelo 100) donde podrás indicar los gastos generados en tu negocio a lo largo del año.

        Espero haberte ayudado
        Saludos
        David

    Deja una respuesta

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    Artículos relacionados

    ¿Debo utilizar Excel en mi negocio?

    Decidir si seguir con Excel o migrar a herramientas más especializadas es crucial para el crecimiento empresarial. Evalúa el momento adecuado para mejorar la eficiencia y seguridad en la gestión de datos

    LEER MÁS »