Jueves 18 de abril de 2024
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¿Qué debo hacer si quiero cerrar una empresa?

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    Puede ser que llegue un momento, en el cual, debas tomar la decisión de finalizar con el proyecto empresarial que tiempo atrás arrancaste. Ya sea por motivos de jubilación, o bien, porque la idea de negocio no ha acabado de “cuajar”

    En cualquier caso, si la decisión pasa por finalizar y “cerrar las puertas” de tu negocio, desde Blueindic te explicamos los pasos a realizar en función de la figura jurídica con la iniciaste el proyecto.

    ¿Qué debo hacer si quiero cerrar una empresa?

    Como te hemos comentado, el proceso de cierre de un negocio dependerá de la figura jurídica con la que te diste de alta.

    El proceso es diferente en función de si eras Autónomo, o bien, Sociedad.

     -Cierre del negocio siendo un Autónomo 

    En esta situación, el proceso es muy rápido y sencillo. Tan solo será necesario que te des de baja ante la Agencia Tributaria (Con los modelos 036 o 037) y también te des de baja ante la Seguridad Social (Baja del RETA).

    Ambos procesos puedes realizarlos telemáticamente si dispones de Certificado Digital. En caso afirmativo, el proceso podrá ser realizado desde tu propia casa u oficina.

    Una vez te has dado de baja de la Agencia Tributaria, con el modelo 036 o 037, dispones de 3 días naturales para darte de baja en el RETA.

    -Cierre del negocio siendo una Sociedad

    Partimos de la idea de que el cierre del negocio se haya como decisión voluntaria por parte de todos los socios de la empresa.

    Los pasos a seguir para realizar el cierre de la Sociedad, son:

    -El Gerente de la sociedad debe convocar a todos los socios a la realización de una reunión, en la cual, el órgano de administración deberá adoptar esta decisión.

    -Constituida y aprobada el Acta de la reunión, se elevará a público, adjuntando con el Balance y Cuenta de Resultados a la fecha que se liquida la Sociedad. En este apartado, se indicará la proporción que corresponde a cada uno de los socios que integran la empresa.

    -Dicha acta y cuentas anuales con fecha de liquidación, serán enviadas al Registro Mercantil de la provincia, para su inscripción.

    -Finalmente, se deberá presentar la escritura de la liquidación, en la Agencia Tributaria, así como en la Seguridad Social.

    ¿Por qué motivos se cierra una Empresa?

    Normalmente, las empresas se suelen liquidar en el momento en el que ningún socio quiere o puede continuar con la actividad económica, y además, no existe posibilidad de ser vendida a otro empresario. 

    Si en el momento del cierre de la Empresa, no existen acreedores o trabajadores a los que se les debe dinero, el proceso de cierre de la empres es el mencionado anteriormente (Existe un cierre voluntario de la empresa).

    No obstante, si en el momento del cierre de la Empresa, existen saldos acreedores, ya que se debe dinero a proveedores o trabajadores no socios, se realizará un “concurso de acreedores” ya que la empresa se encuentra en una situación de suspensión de pagos, o también denominado: en situación de quiebra.

    En este caso, el proceso de cierre conlleva una intervención judicial.

    ¿ Y si se cierra una empresa por motivos de jubilación?

    Esta situación tan solo ocurre cuando el proyecto o empresa está dirigida por un Autónomo como persona física.

    ¿Qué ocurre con los trabajadores que hubieran? El artículo 49 de los Estatutos de Trabajadores especifica que si un Autónomo con una empresa se jubila, los contratos de los trabajadores se darán por extinguidos.

    Los trabajadores afectados por esta situación, tan solo recibirían en concepto de indemnización, un mes de salario. (Independientemente de los años de antigüedad que tuviera el trabajador). 

    ¿ Y si cierra por resultados negativos?

    Si la empresa debe cerrar por la obtención de pérdidas, los trabajadores tiene derecho a una indemnización de 20 días por año trabajo, y con un máximo de doce mensualidades.

    Si las pérdidas están justificadas y no permiten hacer frente a las indemnizaciones de los trabajadores, estos deberán acudir a FOGASA.

    ¿Qué es FOGOSA? Es el Fondo de Garantía Social, el cual se encarga de garantizar a trabajadores, el cobro de salarios e indemnizaciones ante problemas en la extinción de sus contratos con las empresas que han resultado tener pérdidas y han cerrado.

    Si te encuentras en una situación complicada, que vislumbra la posibilidad de cierre de tu negocio, lo más recomendable en estas situaciones es acudir a un despacho especializado (Abogado, Consultor, Asesor….) qué te indique cuales son los trámites correctos para cerrar sin problemas tu empresa.

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