Lo más probable es que en el recorrido que vayas realizando como Autónomo o PIME en tu negocio, te encuentres con el desagradable problema de tratar con un Cliente con “pinceladas” de morosidad.
Pues bien, será más complicado gestionar y liquidar una deuda con un Cliente si no dispones del documento legal y acreditativo que justifica la realización del servicio o venta del producto, con la obligación de pago: La Factura de Venta.
¿Puedo exigir el pago a un Cliente si no he realizado la Factura?
Pues bien, la Agencia Tributaria dictamina lo siguiente:
Tanto Empresarios como profesionales Autónomos deben estar obligados a expedir el documento de la factura, y una copia de esta, por la prestación de servicios o entrega de productos que realizan en su actividad.
También están obligados a expedir el documento de la factura cuando se realizan pagos anticipados.
En ocasiones, existen servicios que por sus características, el Cliente emite el pago antes de que haya obtenido el documento de la Factura.
Normalmente, suele tratarse de empresas de suministros o de relaciones comerciales continuadas.
Al realizarse el cobro por domiciliación bancaria, la empresa que realiza y presta los servicios suele emitir la factura a sus Clientes con posterioridad.
En cualquier caso, es de obligatorio cumplimiento realizar y emitir una Factura.
Pero no solo porque lo diga la ley, sino porque puedes ser un derecho para ti como Autónomo o Empresario.
¿Por qué es importante realizar y emitir una Factura?
1.-La Factura ejerce como justificante ante la deducción de gastos para realización de los impuestos fiscales e tu negocio.
Es decir, un gasto que has realizado en tu negocio, pero no dispones de una factura, no puedes deducirlo.
2.-La Factura también ejerce como garantía para el Cliente ante posibles reclamaciones o devoluciones por problemas en el servicio o producto.
3.-Y lo más importante, la Factura permite justificar el derecha al cobro por la prestación del servicio. Y por lo tanto, será necesario ante cualquier reclamación por el impago de la deuda.
Es necesario disponer de la Factura para reclamar el pago
-Si el Cliente receptor de la Factura es un particular, estás en la obligación de expedir la factura en el momento que realizas la operación.
-Si el Cliente receptor de la Factura es un Empresario o Profesional, tienes la obligación de expedir la Factura antes del día 16 del mes siguiente.
Cuando el receptor de la Factura haya recibido el documento, dispone de 10 días para mostrar su posible disconformidad. Pasados estos días, se entenderá que acepta las condiciones y da su conformidad a la obligación de pago.
¿Cómo puedo evitar Facturas impagadas en mi negocio?
En el siguiente enlace: ¿Cómo evitar impagos en las Facturas que emito a mis Clientes? te detallamos cuales son las pautas que debes realizar en tu negocio y sistema de Facturación para reducir al máximo los posibles efectos de morosidad.
Como ves, es prioritario e imprescindible que siempre realices y emitas a tus Clientes las Facturas por la prestación de servicios o venta de productos en tu negocio.
En caso contrario, y ante un posible problema de impago, te será casi imposible reclamar el cobro de la deuda.
Blueindic es el programa de Facturación para Autónomos y Pequeñas Empresas es ideal para llevar todo tu sistema de facturación en tu negocio de una forma simple, fácil, ágil, y sobretodo, económica.
En cuestión de segundos, y con un proceso automático y sencillo, puedes realizar y emitir Facturas de Venta a tus Clientes. Y al tratarse de una plataforma online, podrás gestionar tu negocio desde cualquier lugar y en cualquier momento.